¿Previsión para la publicación en el BOE del nuevo reglamento de seguridad privada? ¿Se publicará el próximo mes Diciembre 2.019 con el nuevo gobierno de España?


Las Competencias de la Unidad Central de Seguridad Privada UCSP del Cuerpo Nacional de Policia CNP http://wp.me/p2n0O4-1De @segurpricat
Posted by Julian Flores Garcia on Sábado, 2 de mayo de 2015





III Congreso Nacional de Seguridad Privada

¿Previsión para la publicación del nuevo reglamento de seguridad privada? Quizas antes del mes de Octubre 2.018 con el nuevo gobierno de España que ya lleva buena marcha estando aprobados los Presupuestos Generales del Estado#PGE

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 Los aspectos pendientes importantes de desarrollo normativo en la Ley  5/2014 de seguridad privada exige la aprobación de forma urgente de la probación del Reglamento de seguridad privada, han pasado màs tres años desde la publicación y entrada en vigor de la Ley de seguridad privada.

 La disposición final tercera de la Ley 5/2014 de seguridad privada, establece que "El Gobierno del Estado España, a propuesta del ministro de interior dictará las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley, y concretamente, para determinar:
a)Los requisitos y las caracteristicas que deben reunir las empresas y las entidades objeto de la regulación.
b)Las condiciones que se deben reunir en la realización de actividades de seguridad privada y en la prestación de serviciso de esta naturaleza.
c)Las características que deben reunir las medidas de seguridad privada y los medios técnicos y materiales utilizados en las actividades y los servicios de seguridad privada.
d)Las funciones, los deberes, las responsabilidades y la cualificación del personal de seguridad privada y del personal acreditado..
e) El régimen de habilitación y acreditación del personal mencionado.
........
Han pasado màs de tres años desde la entrada en vigor de la Ley y el reglamento aún no se ha aprobado, a pesar de que existen varios borradoresque se han debatido con el sector de la seguridad privada...
Considero necesarias la necesidad de regular aspectos como son la concreción de la lista de instalaciones obligadas a disponer de director de seguridad  habilitado, el desarrollo de los servicios de videovigilancia, la conveniencia de una formación màs especializada para el personal que presta servicios en infraestrucuturas criticas o la necesidad de incluir algunas exigencias añadidas a las condiciones que deben reunir los centros de formación.

El Ministro de Interior D. Juan Ignacio Zoido, en su primera comparecencia ante la Comisión de Interior del Congreso, explicó las próximas líneas de gestión del ministerio que preside, entre las que se encuentra el Reglamento de la Ley de Seguridad Privada.
El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, compareció el pasado 21 de diciembre, ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados para explicar las líneas de gestión del Ministerio del Interior.
En su primera intervención ha tratado temas como la Política de Seguridad Nacional, la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, la Ley Orgánica General Penitenciaria, la violencia de género, la migración, la seguridad vial, el terrorismo y el Reglamento de Seguridad Privada entre otros temas.
Respecto a este último,  Zoido resaltó que “el nuevo Reglamento de Seguridad Privada resulta imprescindible para la efectividad de las novedades que ha incorporado la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, y que tuvo una excelente acogida dentro de este importante sector”. También destacó durante su intervención la importancia de este mercado para el conjunto de la sociedad: “este sector facturó, en 2015, 3.481 millones de euros, da trabajo a 100.000 personas, es puntero y reconocido tecnológicamente a nivel mundial, así como es necesario para el correcto desempeño de los grandes sectores económicos de este país, como son el comercio, la banca o los transportes”.
Otra de las líneas de actuación que también indicó fue la actualización de la Ley Orgánica General Penitenciaria y crear un Reglamento Penitenciario nuevo, pues el actual data de 1981.
Respecto a Ley de Seguridad Ciudadana aseguró que “se puede mejorar”, aunque  manifestó que “es una ley fundamental pues conjuga ese binomio seguridad libertad” y explicó que “su derogación generaría un vacío, ya que no se podría sustituir por la que había antes”.
Además, quiso aprovechar su intervención para aclarar que cuando se menciona la norma sobre  protección de seguridad ciudadana “se habla de una ley que: es garantista con los derechos y libertades de todos los ciudadanos, asegurando por ejemplo, a pesar de lo que se ha dicho, el ejercicio del derecho de manifestación y también el de los que no se quieren manifestar; que responde a una demanda de amplios sectores de la sociedad y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; que adecuándose a los tiempos actuales, ha mejorado la anterior ley de 1992, ya obsoleta; que ha recogido delitos destipificados con la reforma del código penal; que quedarían sin sanción si no existiera esta Ley; y que ha sido tremendamente eficaz para el bienestar de los ciudadanos”, abogó.
Asimismo, respecto al campo de seguridad de la información mencionó que “van a poner en marcha una Mesa para un Internet seguro, a semejanza del Foro Unión Europea-Internet, donde trabajaran junto a los principales actores de la industria de Internet en el desarrollo de políticas que redunden en beneficio de la seguridad ciudadana y de la cercanía de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el día a día de los ciudadanos”.

Màs alla de las propuestas del Congreso  de Seguridad Privada, la aplicación de la Ley ha puesto en evidenciaotros asepctos que seria necesario que resolviera el reglamento.


 


Condicionantes que tiene el futuro Reglamento de Seguridad Privada

El plato fuerte del III Congreso Nacional de Seguridad Privada consistía en desvelar las opiniones de la Administración en torno a las propuestas del sector para el nuevo reglamento y conocer un avance del contenido de esa norma. Para ello estuvieron presentes en la parte final del evento el vicesecretario general técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza; el comisario Esteban Gándara, jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP) del Cuerpo Nacional de Policía; y el coronel César Álvarez, jefe del Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE) de la Guardia Civil.

El primero en intervenir en la mesa, moderada por Ángel Córdba, presidente del Congreso, y Antonio Pérez Turró, presidente de AES, fue Cerrolaza para explicar en qué consiste el proceso de tramitación del reglamento, es decir, las etapas que tendrá que superar hasta su aprobación. Según subrayó, el primer paso después de que haya un borrador es elaborar una memoria “especialmente compleja” que incluya un análisis del coste económico y el coste presupuestario del reglamento. “El económico se refiere al coste que la norma pudiera tener para el sector privado y el presupuestario es el coste que la norma pudiera tener para el sector público”, aclaró.


A continuación, se llevará a cabo un análisis jurídico-técnico del borrador por parte de la Secretaría General Técnica que, de aprobarse, daría lugar a la tramitación de la norma. “En ese informe se analizarán cuestiones de legalidad, el ajuste del Reglamento a la Ley de Seguridad Privada, en qué situación quedan las Órdenes Ministeriales de 2011, la redacción, aspectos formales, etcétera”, indicó Cerrolaza.

A este análisis le sigue un periodo de audiencia pública para conocer “tanto lo que opina el sector como la postura de los establecimientos obligados a tener medidas de seguridad”. En ese sentido, apuntó que, dado el calado de la norma, el Ministerio del Interior podría prolongar el periodo de propuestas más allá de los 15 días de plazo que se conceden en otras disposiciones.

El vicesecretario general técnico añadió que el proceso de valoración del borrador también incluye a un buen número de ministerios y algunos organismos del Estado. En total, el documento pasará por seis ministerios y varios órganos consultivos.

Así, por ejemplo, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tendrá que dar el visto bueno en cuanto a los procedimientos administrativos que implique el reglamento, así como analizar los posibles costes presupuestarios, las cargas administrativas o las competencias de las comunidades autónomas.


Igualmente intervendrán el Ministerio de Educación, en cuanto a las titulaciones del personal de seguridad privada; el de Empleo y Seguridad Social, para comprobar las formas de acceso a la profesión y las cualificaciones; el de Economía y Competitividad, para evitar más exigencias de acceso a las profesiones y mejorar la empleabilidad; el de Agricultura, dado que la ley contempla la figura de los guardas rurales; y el de Fomento e Industria, ya que existen muchas infraestructuras susceptibles de aplicar medidas de seguridad.

Además de estos ministerios, órganos como el Consejo de Estado, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) realizarán informes relacionados con sus competencias. La AEPD porque el reglamento contendrá referencias a la videovigilancia o los datos personales, mientras que la CNMC por las repercusiones que pueda tener en la competencia y los mercados. Sería necesario también el dictamen del Consejo de Estado, que analizará todos los informes recibidos y ofrecerá su conclusión.

“Cuando tengamos todo esto, nos reuniremos y le daremos forma definitiva. Esa tarea dependerá de lo bien que lo hayamos hecho antes.  Si lo hemos hecho bien, es previsible que la Comisión de Subsecretarios del Consejo de Ministros le de el visto bueno”, finalizó Cerrolaza.


Avances actuales

Una de las cuestiones que mantiene en vilo al sector es la fecha en la que estará aprobado el nuevo reglamento. El comisario Esteban Gándara comenzó su exposición pidiendo calma en ese sentido puesto que se trata de un documento que “no es fácil” por su trascendencia y la complejidad de tramitación.

Gándara expresó, no obstante, la “voluntad inquebrantable” de la Administración por sacar adelante “un buen reglamento” y aseguró que tendrá “la misma impronta” que la nueva Ley de Seguridad Privada, por lo que aconsejó leer su preámbulo “porque ese será el espíritu” del futuro documento de desarrollo.

El comisario jefe de la UCSP expresó su intención de elaborar “el mejor reglamento posible”, para lo que contará con la participación de todos los actores a los que afecta la norma. Sin embargo, aclaró, “no todas las aportaciones tienen por qué prosperar, y eso incluye tanto las procedentes de la Administración como las de la Seguridad Privada”.


El jefe de la UCSP desveló que “ya existe un esquema normativo” para el nuevo reglamento y explicó su composición. La norma incluirá cuestiones generales y, a continuación, los aspectos relacionados con la colaboración y coordinación, las empresas, la investigación privada y los despachos de detectives, el personal, las funciones, los servicios y medidas, sujetos obligados, el control administrativo, el régimen sancionado y cuestiones complementarias. Esto último, que “no hay que confundir con cuestiones compatibles”, dijo, estará ubicado al final del documento para “tratar de perfeccionar todo lo anterior”.

Seguidamente, Gándara enumeró tres problemas “jurídico-técnicos” que se han encontrado los responsables de elaborar el reglamento. Uno de ellos está relacionado con las infraestructuras críticas, ya que la nueva ley regula cuestiones que se encuentran al margen de la seguridad privada. “Las infraestructuras críticas son el talismán que nos permite tomar decisiones so pretexto de su relevancia y, en consecuencias, el legislador quiere asegurarse de que cuando se trate de la seguridad en estas infraestructuras el prestador de servicios es fiable, de calidad”, apuntó el comisario.

Otra cuestión que presenta dificultades son los aspectos relacionados con la seguridad informática. “No tenemos experiencia normativa sobre la que caminar y tendremos que aplicar un método que se haga camino al andar”, afirmó.

Igualmente, se refirió a las dificultades que plantea la regulación de sujetos y medidas ya que el Reglamento es una norma jurídica que no regula cuestiones técnicas.

Tras explicar el estado actual de la futura norma, Gándara se refirió al documento de propuestas realizado por las asociaciones organizadoras del III Congreso Nacional de Seguridad Privada y Seguritecnia del que, aseguró, existe “un altísimo grado de coincidencia con el trabajo realizado”. “Si tuviese que tasarlo, diría que el consenso sería del 88,70 por ciento del trabajo realizado”, afirmó el responsable policial, quien opina que “para poder constatar ese grado de coincidencia” es importante que Administración y sector privado hayan trabajado por separado y expresado “criterios propios”.

Al final de su exposición, el jefe de la UCSP enumeró las cuestiones que aún faltan para conseguir el Reglamento definitivo: revisar el trabajo, unificar las propuestas sectoriales, integrar las aportaciones corporativas, elaborar la memoria que espera la Secretaría General Técnica, elevar el borrador, iniciar las consultas, redactar el Real Decreto y completar de esa manera la tramitación legal.

Valoración de propuestas

Junto con la Secretaría General Técnica y el Cuerpo Nacional de Policía también participa en la elaboración del reglamento la Guardia Civil a través del SEPROSE, en concreto de su jefe, el coronel César Álvarez. Durante su intervención, Álvarez expresó su valoración sobre cada uno de los bloques de propuestas de los organizadores del Congreso. Se detuvo especialmente en los aspectos relacionados con las empresas, la cooperación entre seguridad pública y privada y el personal.

Sobre las empresas, coincidió con el sector respecto a los ejercicios de tiro: “no debe realizar ejercicios de tiro más que aquel personal que haga servicios con arma y un porcentaje que cada empresa considere necesario para mantener la operativa y la capacidad para realizar nuevos servicios”, apuntó. También se mostró convencido de “flexibilizar la situación” en torno a los armeros y aligerar los trámites en la medida de lo posible. “Se incluirá la necesidad de certificación de los armeros, que ahora no había”.

Otra cuestión en el capítulo de empresas es el relativo a las actividades de seguridad informática. “Digamos cuáles son las actividades de seguridad informática, sin las que no podemos empezar a entendernos; establezcamos requisitos para esas empresas en función de los usuarios a los que presten servicio, y definamos qué es un incidente a reportar”, invitó a los presentes. En esa línea, consideró que la comunicación de los incidentes de este tipo han de dirigirse “a la Oficina de Coordinación Cibernética de la Secretaría de Estado de Seguridad, que es la que se ocupa en este momento de la respuesta a incidentes de seguridad informática, junto con el CERT de Incibe”.

También apuntó que “existe un error de concepto” sobre el artículo 19.4 puesto que se refiere a sectores estratégicos y no a infraestructuras críticas. “La cuestión debe afectar a los operadores estratégicos, el concepto de infraestructuras críticas tendemos a manejarlo mal y deberíamos ser capaces de construir un bloque de protección sobre aquellas infraestructuras estratégicas que dan soporte a nuestros servicios esenciales; es decir, las infraestructuras críticas tienen su propia regulación, pero el resto de las estratégicas deben tener una protección que no debe ir en diferente dirección”, concretó Álvarez, que sugirió pedir a entidades certificadoras que acrediten que los operadores cumplen las exigencias legales.

En cuanto al personal, se detuvo en la protección jurídica de agente de la autoridad, que se aplicará “por supuesto cuando actúe conjuntamente con la Seguridad Pública; pero incluso cuando no haya miembros de las Fuerzas Cuerpos de Seguridad presentes, tendrá la misma protección siempre que se encuentre desarrollando planes de actuación contra determinados ámbitos de la delincuencia”.




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Juliàn Flores Garcia
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